El Tribunal Superior de Cundinamarca le otorgó la razón al presidente Gustavo Petro y lo libró de pagar una multa de 22,170 millones de pesos que le impuso la Contraloría Distrital, por el modelo de basuras que implementó, cuando fue alcalde de Bogotá.
La sanción monetaria, que en 2018 Petro calificó como impagable, cobijaba también a los subalternos de Petro María Mercedes Maldonado, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ardila, que debían pagar 75.483 millones de pesos.
Con decisión de los magistrados Óscar Armando Dimaté, César Giovanni Chaparro y Moisés Rodrigo Mazabel, el tribunal les dio la razón a Petro y su equipo ordenando levantar esa sanción, que se remite a una multa que le impuso en 2015 la Superintendencia de Industria y Comercio (Sic) al Acueducto de Bogotá y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp) por más de $80.000 millones, monto que fue pagado por la administración de Enrique Peñalosa, algo que la defensa de Petro subrayó como la puerta libre para que la Contraloría declarara un detrimento patrimonial.
El caso llegó a la Contraloría, que en 2016 abrió un proceso de responsabilidad fiscal por $91.949 millones contra los mencionados, declarando que hubo una violación a la libre competencia económica debido al diseño del sistema de aseso de Bogotá.
Para Petro, esta multa vulneró sus derechos políticos.
Por eso, a violación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, así como apartados de la Constitución. En los cuatro cargos, su defensa también argumentó que no se cumplió con el debido proceso en la Contraloría.
El caso comenzó en la segunda semana de diciembre de 2012, cuanto Petro firmó el decreto 564 en el que decidió un modelo de aseo sin licitación y a dedo.
Anunció la salida de los operadores a los que se les vencía el contrato el 18 de diciembre y la entrega del servicio a Aguas de Bogotá.
El 18 de diciembre, cuando por orden del señor Petro los operadores no pudieron ingresar al relleno sanitario Doña Juana a dejar las basuras, y al Empresa Aguas de Bogotá asumió el servicio se presentó una emergencia sanitaria y las calles se llenaron de basuras. Entonces, Petro llamo2 nuevamente a los operadores.
Uno de los reproches de Petro y sus exfuncionarios es que Peñalosa se "apresuró" a pagar la multa: "Si la alcaldía procedió a pagar las multas, sin estar en firme los actos administrativos, se está ante un pago indebido; por lo que, la Contraloría debió solicitar la devolución de dichos valores, como quedó establecido en la cuantificación del daño que hizo el fallo".
Además, que "la Contraloría de Bogotá incurrió en una indebida interpretación de las normas, pues confundió el sistema control del principio legalidad de los actos administrativos, cuya competencia radica exclusivamente en la jurisdicción contencioso administrativa, con el sistema de control de legalidad que ejercen las contralorías en su función de vigilancia de la gestión fiscal".
Básicamente, que al momento de imponer la sanción la Contraloría Distrital se tomó funciones que le corresponden a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Gustavo Petro pidió en su demanda la medida cautelar de suspender de manera provisional los efectos jurídicos de la decisión, lo que le terminó concediendo el Consejo de Estado en junio de 2020. Por eso, pudo aspirar a la Presidencia de la República, pues estaba libre de inhabilidades o responsabilidades fiscales hasta que se conociera el fallo de fondo que se dio la semana pasada.
La Contraloría también tuvo su tiempo para decir por qué tenía que mantenerse la sanción, aclarando que no pretendieron atentar contra los derechos políticos de los implicados.