El Gobierno del presidente Gustavo Petro levantó el estado de conmoción que afectaba a Catatumbo y a Cúcuta para frenar la actividad bélica del Eln, pero mantendrá vigentes once decretos dictados bajo el amparo de la medida extraordinaria.
Según el decreto 0467, queda claro aro que los decretos legislativos 106, 107, 108, 117, 118, 120, 121, 134, 137, 180 y 433 de 2025, dictados bajo el estado excepcional, seguirán vigentes por 90 días más.
La medida de normalizar jurídicamente la región se tomó porque "las medidas extraordinarias señaladas han contribuido a conjurar las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Conmoción Interior y evitar la expansión de sus efectos", dice el decreto.
Aclara que deben prorrogarse los decretos legislativos para continuar con el trabajo en la región y evitar que la situación recrudezca.
El gobierno advirtió que puede prorrogar los efectos de los decretos bajo el artículo 41 de la ley estatutaria 137 de 1994, que determina que esas normas dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público, “pero se podrá prorrogar su vigencia hasta por 90 días más".
De esta forma, el gobierno dejó con vida buena parte de las medidas relacionadas con la garantía de recursos para los habitantes del Catatumbo, protección de tierras, atención a los desplazados, y otras decisiones protectoras.
El decreto 106 permite a los habitantes de la zona acceso a crédito, financiamiento, alivio de pasivo y suspensión del cobro judicial para "garantizar medios de vida y producción de alimentos".
Esta medida la justifica en que "el Banco Agrario de Colombia (Bac) y el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) requieren mantener las facultades excepcionales para aplicar condonaciones, acuerdos de recuperación y refinanciación masiva de cartera en zonas rurales con alta morosidad, cuyo marco ordinario no permite estos alivios".
El 107 otorga medidas de protección a las zonas agrícolas, cadenas productivas y otras áreas relacionadas con el abastecimiento de alimentos.
Para el Ejecutivo, se deben mantener las capacidades para contratar y proteger las cadenas productivas a través de contribuciones parafiscales y la protección de la semilla. Esto debido a que no cesan los efectos de la violencia en los sistemas productivos de la región.
El 108 busca prevenir la acumulación y el acaparamiento en el sector agropecuario, lo que implicaba la protección de las tierras en la zona. Para el Ejecutivo, "la normalización de las condiciones de orden público" no implica que los desplazados regresen de inmediato por lo que debe evitarse que se les desconozca su propiedad.
El 117establece exenciones al turismo para fomentar dicho sector y un descuento transitorio en el impuesto de renta a los que alojen desplazados. Se extendió su efecto bajo la justificación de que la ocupación hotelera sigue baja por el temor a movilizarse por la región y aún hay desplazados en hoteles.
El 118 creó la figura de un comandante militar para el Catatumbo y las otras zonas de la conmoción. Esto se justificó bajo el argumento de que se siguen reportando actos violentos en contra de la población y la Fuerza Pública.
"Se han continuado evidenciando actos violentos, incluyendo atentados contra la Fuerza Pública que han dejado 9 uniformados asesinados y 14 heridos, 171 homicidios intencionales, 5 secuestros y 79 casos de extorsión, lo que demuestra la continuidad de la grave afectación y perturbación al orden público", dice el texto con el que se levantó la conmoción.
El decreto 120 estableció condiciones especiales para el transporte en la zona, con el fin de garantizar la seguridad de la ciudadanía al solo permitir movilizarse en transporte público en "los horarios que resulten seguros".
El decreto 121 le dio la potestad al Ministerio de Vivienda para adelantar directamente proyectos de agua potable y saneamiento, bajo el argumento de que "se mantienen las dificultades de acceso a los servicios, dado que las alteraciones al orden público y sus efectos en algunas zonas de la región persisten", así como las dificultades para el retorno de la población.
También se mantienen los controles a las sustancias y productos químicos en Catatumbo para frenar la producción de cocaína, los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito, las medidas especiales de protección y la atención especial por parte del Icbf. En todos estos casos se deja claro que se ha avanzado pero que siguen las condiciones para mantener los efectos de los decretos.
La decisión de cesar el estado de conmoción no hace mención al decreto que estableció nuevos impuestos para atender la crisis.
No obstante, la norma, decreto 0175 de 2025, es clara: "El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Las disposiciones contenidas en el presente decreto serán aplicables una vez culmine el quinto día hábil siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2025".
No se necesita prolongar estos decretos pues, como establece la ley estatutaria sobre los estado de excepción, los impuestos que se decreten pueden mantenerse durante la vigencia fiscal, en este caso hasta finales de 2025.