El Tribunal Superior de Bogotá le propinó otra dura derrota al expresidente Álvaro Uribe Vélez, al negar una tutela que sus defensores radicaron con el argumento de que el debido proceso había sido vulnerado por la Jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá con función de Conocimiento.
La jueza es Sandra Liliana Heredia y adelanta un accidentado y prolongado proceso criminal contra Uribe por soborno de testigos y fraude procesal.
En reciente audiencia, cuando el principal testigo contra Uribe y principal víctima de las conductas delictivas del expresidente, el senador Iván Cepeda Castro, se aprestaba a revelar hechos que involucran a Uribe con el paramilitarismo y con crímenes de guerra, la defensa recusó a Heredia y no asistió a la continuación de la audiencia, con el pretexto de estar presentando una tutela que pedía suspender el juicio y pedir que de nuevo le permitieran exponer todas las pruebas a su favor.
La acción de los defensores Jaime Granados y Jaime Lombana fue considerada en sectores judiciales como un intento por dilatar el proceso hasta lograr su prescripción en octubre.
La jueza se negó de plano, y el Tribunal acaba de darle la razón.
Con ponencia del magistrado Leonel Rogeles, desde la Sala Penal se explicó que al declararse improcedente el recurso que elevó el abogado Jaime Granados, se debía reanudar el juicio oral, que estaba suspendido por cuenta de las medidas cautelares que había decretado el magistrado Ramiro Riaño, quien terminó declarándose impedido para estudiar a fondo la tutela.
A lo largo del proceso (que completa siete años abierto), tanto Uribe como su defensa han alegado además de la inocencia, que la jueza Heredia supuestamente no ha tenido imparcialidad a la hora de tomar medidas.
El antecedente que llevó a interponer la tutela fue la negativa de Heredia a tramitar la recusación.
Según el Tribunal, durante la audiencia suspendida la defensa del exmandatario tuvo la oportunidad de usar el recurso de queja ante la negativa de Heredia.
"De acuerdo con lo expuesto, es claro que el demandante tuvo a su disposición los medios y oportunidad previstos por la ley adjetiva penal para ejercer sus derechos y plantear su desacuerdo con la decisión contraria a sus intereses; sin embargo, como no lo hizo, precluyó esa posibilidad", dice la decisión del Tribunal.
Cuando la jueza negó de plano la recusación, argumentó que Granados no había expuesto de fondo los argumentos de su intervención. Ese elemento fue evaluado por la magistratura, que determinó que, en efecto, "la defensa centró su solicitud en que la juez accionada dio consejo o manifestó su opinión sobre el asunto materia del proceso, sin embargo, no expresó o puntualizó en qué momento o momentos, a través de qué actuación o de qué manera eso ocurrió en este caso, de modo que tal como lo concluyó la citada funcionaria, la solicitud de recusación no cumplía con los requisitos de procedencia para haberle impreso el trámite".
Para el Tribunal resultó "llamativo" que si bien Granados habló ante la jueza por más de dos horas y radicó una tutela de 44 páginas, no incluyó "cuál fue la manifestación, opinión o consejo que emitió la funcionaria judicial extraprocesalmente".
Por ende, para la Sala, la jueza actuó debidamente y podrá reanudar el juicio contra el exmandatario una vez sea notificada de la decisión. De acuerdo al calendario del despacho, las audiencias están programadas para todos los días entresemana, excepto los miércoles.