Chiquita Brands, la bananera con un espíritu criminal muy grande

Los de Chiquita Brands son bananos recados con sangre...

A solo dos meses de prescribir y de que la impunidad reinara, la justicia colombiana se atrevió y condenó a varios directivos de la bananera estadounidense Chiquita Brands a 11 años y 3 meses de prisión, por sus siniestras actividades criminales, en alianza con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

El Juzgado 6 de Circuito Especializado de Antioquia, en fallo que se considera histórico, condenó a ocho directivos de esa empresa a ir a la cárcel, sin beneficios, y a pagar 13,879 millones de pesos, por concierto para delinquir agravado.

Según el diario El Tiempo, la jueza Diana Lucía Monsalve condenó a Reinaldo Elías Escobar de la Hoz, John Paul Olivo, Charles Dennis Keiser, Álvaro Acevedo y 4 directivos más, 135 meses de prisión, les negó la suspensión de la pena y la prisión domiciliaria y ordenó librar órdenes de captura contra ellos.

El caso en Colombia estaba en la impunidad a pesar del acuerdo de culpabilidad, aceptación y sentencia emitida en 2007, mediante la cual Chiquita Brands fue condenada en Estados Unidos a pagar una multa de 25 millones de dólares por haber realizado más de 100 pagos ilegales, por 1,7 millones de dólares, a las AUC.

La juez absolvió a Javier Ochoa Velásquez, exgerente de planeación y proyectos de Banacol hasta 2004; Víctor Manuel Henríquez Velásquez, presidente ejecutivo de Banacol S.A. y miembro de la Junta Directiva hasta 2018; y a Jorge Alberto Cadavid Marín, exvicepresidente financiero de Banacol.

Según la juez la prueba aportada no logró desvirtuar la presunción de inocencia que cobija a estos últimos tres exdirectivos.

"Los argumentos de los vínculos entre los sindicados, el hecho notorio, el conocimiento de los vínculos entre los servicios especiales y las AUC, así como el destino de los aportes y el señalamiento de Hasbún, fueron refutados por la defensa de Banacol, generando duda insalvable de tal magnitud que de la al despacho sin otra alternativa diferente a la emisión de un fallo absolutorio", dice el fallo.

"La conducta atribuida a los ciudadanos Reinaldo Elías Escobar de La Hoz, John Paul Olivo, Charles Denis Keiser, Álvaro Acevedo González, José Luis Valverde Ramírez, Víctor Julio Buitrago Sandoval y Fuad Alberto Giacomán Hasbún es bastante censurable, toda vez que la financiación de grupos armados no es un delito común, sino un ataque indirecto al Estado y la paz social; no se afecta solamente la seguridad pública como bien jurídico, sino la integridad de los ciudadanos colombianos, además en cuanto al daño potencial, el aporte de esos recursos prolongó la capacidad operativa de las AUC y con ello el riesgo de más crímenes, aspectos que denotan un mayor juicio de reproche, de allí que la necesidad de la pena tanto desde el punto de vista de la prevención y la retribución justa, demande una sanción cuyo mensaje disuada a otros empresarios, políticos o personas con posición de autoridad, de incurrir en este tipo de ilícitos", señaló la jueza. 

En el fallo se menciona al jefe paramilitar Raúl Emilio ¡Pedro Bonito’ Hasbún como el enlace de las AUC con la multinacional.

Hasbún estuvo al frente del Bloque Bananero y se desmovilizó el 25 de noviembre de 2004, en el corregimiento Dos, de Turbo (Ant), y era el encargado de que el dinero de Chiquita Brands llegara hasta las arcas de las autodefensas.

"La responsabilidad de los procesados aduce lo siguiente: John Paulo Olivo dijo ser ajeno a los pagos hechos a los paramilitares, lo que no se considera lógico, pues como contralor de la empresa debía verificar los soportes de las erogaciones de la compañía y reportarlos a los EE. UU., máxime unos pagos de esa magnitud, sin que el argumento que las Convivir tenían amparo legal, pues era conocido su vínculo con las AUC", dice la sentencia, según el diario.

Además, la jueza hizo un fuerte llamado de atención a la Fiscalía por su negligencia a la hora de investigar y acusar el caso: "Por último, el despacho no puede culminar este proveído sin dejar sentada su más enérgica nota de protesta por la actuación de la Fiscalía en el presente caso, toda vez que incurrió en una manifiesta negligencia en su deber de investigar y acusar con seriedad el presente caso, vulnerando no solo los derechos de las víctimas, sino también los principios de eficacia y buena fe que rigen la función pública. A pesar de tratarse de hechos de graves repercusiones sociales y jurídicas, su actuación fue sumisa, superficial y carente de rigor, tanto en la fase investigativa como durante el juicio oral, lo que generó un grave detrimento procesal y una afectación al derecho a la justicia, omitiendo su deber de actuar con la debida diligencia pese a su delicada misión institucional. Por razón de lo anterior, copia de esta decisión deberá remitirse al fiscal general de la Nación para lo de su competencia".

Varios sectores venían presionando que la justicia colombiana se pronunciara luego de que en Estados Unidos el caso se volvió a mover en 2024.

En ese año, un jurado condenó a Chiquita Brands a pagar 38 millones de dólares a las familias de ocho víctimas de las AUC financiadas por la bananera.

Aunque el caso está en apelación, se considera un antecedente importante de responsabilidad empresarial en violaciones a los derechos humanos.

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